La Separación es el cese de la convivencia matrimonial que implica un cambio del régimen jurídico del matrimonio
A diferencia del Divorcio, el cual rompe y extingue el vínculo matrimonial; en la separación, el vínculo matrimonial sigue perviviendo, por lo que los cónyuges no podrían volver a contraer matrimonio hasta no estar divorciados
Existen dos formas de Separación: de hecho y judicial
Podrá solicitarse una vez transcurridos tres meses desde la celebración del matrimonio. Este plazo mínimo no regirá si concurren las causas excepcionales del Art. 81.2º del Código Civil
Medidas Provisionales. Custodia Compartida
Los Contenidos legalmente obligatorios del Convenio Regulador